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La Corte Suprema de Chile acogió un recurso de casación que declaró prescrita la acción de cobro de los pagarés del Crédito con Aval del Estado (CAE) interpuesta por Banco Itaú-Corpbanca.
El fallo, unánime de la Primera Sala del tribunal, revocó una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado la demanda de prescripción.
El tribunal determinó que los pagarés no verificaban el cumplimiento de las condiciones legales para activar la garantía estatal del Fisco, por lo que no podían beneficiarse de la imprescriptibilidad prevista en la Ley N°20.027.La resolución establece que corresponde a las instituciones financieras acreditar la garantía del Estado antes de iniciar acciones de cobro.
En este caso, al no haberse demostrado el cumplimiento de esos requisitos y considerando que los pagarés vencieron el 5 de junio de 2017 y la demanda se presentó el 1 de marzo de 2021, se aplicaron las normas generales de prescripción, declarando extinguida la deuda.
La sentencia de reemplazo aclara que el Fisco conserva la imprescriptibilidad de los créditos para su cobro directo, pero no si el ejecutante no ha acreditado su condición de mandatario del Estado.Esto establece un precedente importante sobre cómo se aplican las normas de prescripción en créditos CAE ejecutados por bancos.
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