La Ley de Inquilinato de Ecuador no establece un límite máximo para las garantías que los propietarios pueden solicitar al arrendar una vivienda, aunque esta práctica es común.
La garantía suele utilizarse para cubrir daños al inmueble que excedan el desgaste normal, así como valores pendientes por servicios básicos o cánones de arrendamiento.
Si la vivienda se entrega en buen estado y no existen deudas, el propietario debe devolver el dinero, salvo que justifique descuentos por reparaciones o pagos pendientes.
Aunque no hay regulación específica, el valor del arriendo sí tiene un tope establecido en la ley: no puede superar la duodécima parte del 10 % del avalúo comercial del inmueble más los impuestos municipales.Si el propietario cobra más, el inquilino puede solicitar una fijación de canon ante el área de avalúos.Además, cuando el arriendo supera un salario básico unificado, el contrato debe ser por escrito y registrado en notaría.La Asamblea Nacional tramita una reforma para regular mejor las garantías y definir derechos y obligaciones de las partes.Mientras, las normas actuales siguen vigentes.
Título original: ¿Cuánto te pueden cobrar de garantía al arrendar en Ecuador? El límite que muchos propietarios ignoran
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