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La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el amparo presentado por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) contra distintos artículos de la Ley 27.802 tramite como un proceso colectivo.
El juez Martín Cormick consideró que el Colegio posee legitimación para representar a los abogados matriculados que litigan en el fuero laboral y ordenó la inscripción del expediente en el Registro de Procesos Colectivos.
Al mismo tiempo, rechazó unificar esta causa con el proceso impulsado por la CGT, al entender que, aunque ambas acciones cuestionan artículos de la misma ley, representan intereses distintos y plantean agravios diferentes.
La demanda del CPACF sostiene que el artículo 10 de la reforma laboral afecta el ejercicio profesional al permitir que los abogados puedan ser responsabilizados solidariamente por las costas cuando exista una sobreestimación de los créditos reclamados, aun sin acreditarse una conducta temeraria o maliciosa.
Además, cuestiona el artículo 56, que habilita el pago en cuotas de sentencias laborales y de honorarios profesionales, por considerar que vulnera el derecho a una retribución justa y prolonga aún más los plazos de cobro para los letrados.
Según el Colegio, estas disposiciones también podrían afectar garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el acceso a la Justicia.
La presidenta del CPACF, Alejandra García, valoró la decisión judicial como un primer avance, ya que reconoce la representación colectiva del organismo y permite que el planteo continúe su trámite para analizar la constitucionalidad de las normas cuestionadas.