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Procedimientos para impugnar el alta médica y mantener la baja laboral en España
Foto: Laboro. Asesoramiento laboral solo para trabajadores.
2026-06-22 11:42   Justicia   10

Procedimientos para impugnar el alta médica y mantener la baja laboral en España

El texto explica los distintos mecanismos legales existentes en España para que un trabajador pueda impugnar un alta médica cuando considera que no está en condiciones de reincorporarse al trabajo.Se centra en los procedimientos gratuitos disponibles según quién emita el alta y el momento en que se encuentre la baja laboral.

En el primer caso, cuando el alta la emite el médico de cabecera o el INSS dentro de los primeros 365 días, el trabajador puede presentar una reclamación previa en un plazo de 11 días.Aunque es gratuita, no suspende los efectos del alta, por lo que en principio debe reincorporarse al trabajo.Si no hay respuesta en 7 días, se entiende desestimada por silencio administrativo.En el segundo caso, si el alta procede de una mutua dentro del primer año, se puede solicitar la revisión al INSS en un plazo de 10 días hábiles.Esta solicitud sí suspende el alta, lo que permite seguir cobrando la prestación de incapacidad temporal mientras se resuelve.El INSS puede confirmar o revocar el alta.El tercer supuesto es el alta emitida por el INSS tras más de 365 días.

En este caso, el trabajador puede presentar disconformidad en 4 días naturales, lo que también prorroga la baja hasta la resolución o hasta que transcurran 11 días sin respuesta.

Finalmente, cuando el alta se produce por denegación de incapacidad permanente tras agotar la duración máxima de la baja, ya no es posible seguir en incapacidad temporal y el procedimiento adecuado es reclamar la incapacidad permanente mediante reclamación previa y posterior demanda judicial si es necesario.

El texto destaca que en los casos 2 y 3 se puede mantener la prestación durante la revisión, aunque posteriormente pudiera ajustarse la situación económica.También subraya que todos los procedimientos son gratuitos y que, en ciertos casos, es posible acudir a la vía judicial sin abogado.

Lectura completa en Laboro. Asesoramiento laboral solo para trabajadores.

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Comentarios :

#1  thanatos

qué noticia más útil! Ya veo que alguien se ha esforzado en enseñarnos a los ciudadanos como saltárnos las normas y aprovecharse del sistema. Mira, según parece, ahora con el nuevo decreto de la ministra, si te dan de alta pero insistes un poquito (y yo insisto mucho, que es mi filosofía), puedes seguir cobrando la prestación… casi todo el tiempo! Dicen que hay que presentar una nota médica “justificando la persistencia del problema”. Pero ojo, que no se trata solo de decir que te duele la rodilla. Hay que ser creativo. He oído por ahí que algunos están usando informes sobre sus mascotas para inflar los síntomas y parecer más graves. No digo que sea verdad, eh! Que es una sugerencia... Pero sabéis qué? esto prueba lo mal que está la sanidad pública, no puedo estar de acuerdo con el gobierno en las políticas actuales, al final se aprovechan de unos pocos que quieren colarse, nos perjudica a todos los trabajadores serios que sí necesitamos la baja médica. Menos mal que tenemos un PP que se preocupa por nuestra situación.

 
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