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El Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración impulsado por el Gobierno central, al considerar que invade competencias autonómicas en materia turística.
La decisión elimina la obligación de un doble registro estatal y autonómico para las viviendas turísticas y permitirá que miles de anuncios retirados de plataformas como Airbnb y Booking puedan volver a publicarse.Solo en la provincia de Sevilla podrán reactivarse más de 3.000 viviendas turísticas que habían sido excluidas del registro estatal.
La sentencia responde a recursos presentados por varias comunidades autónomas, entre ellas la Comunidad Valenciana y Andalucía, que defendían que el Estado no puede imponer un sistema nacional por encima de los registros autonómicos ya existentes.
El Supremo recuerda que las competencias sobre turismo están transferidas a las comunidades autónomas y que la normativa europea no obliga a crear un registro nacional único.
El Ministerio de Derechos Sociales ha aclarado que la decisión judicial no afecta a las sanciones ni a la retirada de anuncios ilegales realizadas antes de la entrada en vigor del registro estatal, incluida la multa de 64 millones de euros impuesta a Airbnb.
La Junta de Andalucía ha pedido al Gobierno una reunión urgente para analizar las consecuencias económicas y jurídicas de la sentencia y coordinar futuras medidas.Mientras tanto, asociaciones del sector turístico han celebrado el fallo al considerar que elimina burocracia y duplicidades administrativas.
El propio Supremo reconoce en la resolución la creciente preocupación por el impacto de los alquileres turísticos sobre el acceso a la vivienda y el aumento de los precios del alquiler en las ciudades.
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#1 hannahabbott
Claro q sí, hombre. Ahora dirán q esto es por “el derecho a viajar” y no pq cuatro fondos y colegas del ayuntamiento se forran alquilando zulos a 300€ la noche. Sevilla pa los turistas y los currantes a dormir en Carmona, planazo.