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El Comité de Ministros del Consejo de Europa ha vuelto a instar a España a modificar su legislación sobre indemnizaciones por despido improcedente con el objetivo de que estas sean realmente disuasorias para los empleadores y tengan en cuenta las circunstancias individuales de cada trabajador.
Esta recomendación se basa en una resolución previa del Comité Europeo de Derechos Sociales, emitida en marzo, tras reclamaciones presentadas por los sindicatos CC.OO.y UGT.
El organismo europeo considera que el sistema actual, que fija una indemnización estándar de 33 días por año trabajado, no siempre refleja el daño real sufrido por el trabajador y puede resultar insuficiente para garantizar una protección efectiva frente a despidos injustificados.
El Consejo de Europa también cuestiona la imposibilidad de que los tribunales españoles puedan incrementar estas compensaciones en vía judicial, una postura respaldada por el Tribunal Supremo en sentencias de 2024 y 2025.
Según el Alto Tribunal, la Carta Social Europea no obliga a aumentar las indemnizaciones caso por caso, mientras que el organismo europeo sostiene lo contrario y defiende que deben poder ajustarse según el perjuicio concreto, incluyendo daños materiales y morales.
Además, se propone que las indemnizaciones tengan un efecto verdaderamente disuasorio para las empresas y que se extienda la protección a trabajadores temporales contratados de forma fraudulenta.También se plantea que los tribunales puedan ordenar la readmisión del trabajador despedido cuando lo consideren la medida más adecuada.
Aunque el Consejo de Europa reconoce avances recientes en la legislación española, insiste en que aún es necesaria una reforma más profunda del sistema de despidos para alinearlo plenamente con la Carta Social Europea.
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